DEBERES DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES.
En el Capítulo VI del Código de la Niñez
y Adolescencia, en su Art. 64 están señalados, con toda claridad, los DEBERES,
CAPACIDAD Y RESPONSABILIDAD DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES, y dice:
1.
Respetar a la Patria y sus Símbolos.
2.
Conocer la realidad del País, cultivar la identidad
nacional y respetar su pluriculturalidad; ejercer y defender efectivamente sus
derechos y garantías.
3.
Respetar los derechos y garantías individuales y
colectivas de los demás.
4.
Cultivar los valores de: respeto, solidaridad,
tolerancia, paz, justicia, equidad y democracia.
5.
Cumplir sus responsabilidades relativas a la
educación.
6.
Actuar con honestidad y responsabilidad en el hogar y
en todas las etapas del proceso educativo.
7.
Respetar a sus: progenitores, maestros y mas
responsables de su cuidado y educación; y,
8.
Respetar y contribuir a la preservación del medio
ambiente y de los recursos naturales.
Al parecer, los “Defensores de las niñas, niños y
adolescentes”, solamente se han preocupado, y los tienen bien memorizados, LOS
DERECHOS, a tal punto de que son protagonistas de vehementes defensas a favor
de ellos, que las reducen a una sola cosa: “MALTRATO”.
Es común escuchar, leer y ver, en los medios de
información: “Padre maltrató a su hijo”, “Madre flageló a su hija”, “Maltrato
Psicológico de parte del Profesor”, hasta se han dado falsas denuncias, no
todas por cierto, de “acoso sexual”, en contra de honestos profesores, que
cometen el “delito” de reprobarlos. Han habido casos, en los que se prueba claramente,
hasta con “confesión de parte”, que denuncias de acoso sexual han sido falsas,
pese a ésto, no se sanciona por calumnia, a la niña, niño o adolescente, sólo
merece sanción el acusado, en caso de ser acusación verdadera.
Los numerales 4, 5, 6 y 7, del Artículo citado, son
por demás específicos, pero hasta el momento, hemos: leído, visto ni escuchado,
una información que dé cuenta de una niña, niño o adolescente, que haya sido
sancionado por el incumplimiento de UN DEBER, todo se limita al irrespeto de
sus derechos.
Es elemental, que para exigir derechos hay que primero
cumplir deberes. No se puede exigir respeto, si YO no respeto; este valor es
recíproco; reducido a un refrán popular: “Amor con amor se paga” ; y, si lo
llevamos al campo científico, no es otra cosa que la “Tercera Ley de Newton”,
que sentencia, “si la acción es igual a la reacción”, existe un EQUILIBRIO
entre las fuerzas, la acción la ejerce el “niño”, la reacción la ejecuta: la
madre, el padre, la profesora, el profesor, etc.
Es urgente y necesario, que los Defensores de las
Niñas, Niños y Adolescentes, hagan una campaña agresiva de promulgación y
cumplimiento de LOS DEBERES.
No hay comentarios:
Publicar un comentario